LA LEGISLACION VIENE DE EUROPA
Como en algunas ocasiones anteriores nos hacemos eco de la publicación de normativa que proviniendo de Europa, afecta directamente a la normativa española.
Esta en concreto hace que los umbrales para que un contrato sea de regulación armonizada, los llamados contratos SARA, se eleve en un porcentaje aproximado (aplicando redondeos) de un 0,75%
Dicha normativa se ha desarrollado en tres reglamentos comunitarios que a su vez modifican en cuanto a la cantidad se refiere a sendas Directivas comunitarias:
· El Reglamento 2015/2170 modifica la Directiva 2014/24/UE
http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32015R2170&from=ES
· El Reglamento 2015/2171 modifica la Directiva 2014/25/UE
http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32015R2171&from=ES
· El Reglamento 2015/2172 modifica la Directiva 2014/23/UE
http://www.boe.es/doue/2015/307/L00009-00010.pdf
¿Qué son los contratos SARA (o sujetos a regulación armonizada)?
Como aclaración decir brevemente que los contratos sujetos a regulación armonizada son aquellos que superan ciertos umbrales (los que ahora se modifican), los cuales se encuentran directamente sometidos a las normas de contratación europea, en especial a las Directivas que 23, 24 y 25 de 2014, las cuales como ya hemos reiterado en alguna ocasión precedente deberán estar traspuestas a la legislación española antes del finalizar Abril de 2.016.
Juan Pedro del Castillo S.
jpc
